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21/01/97 - 681

Trigo Brotado


La Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y LaPampa, (CARBAP), luego de analizar el mercado y la operatoria de recibo de trigo brotado, en una vasta zona del sudeste de la Provincia de La Pampa y sur de la Provincia de Buenos Aires, y teniendo en cuenta las reuniones realizadas por la entidad en Bordenave y en Tres Arroyos, informa a los productores afectados y a la opinión pública en general lo siguiente:

 

  1. Que por resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, (SAPYA), todo trigo comercializado con destino a mezcla y/o molienda, independientemente del porcenteje de dañado y/o brotado, debe ser bonificado en su tenor proteico. Además el descuento hasta el 3% de dañado, es del 1,5 % sobre el precio , descontándose un 1% más por cada grado adicional de dañado.
  2. La Estación Experimental integrada INTA/MAA de Barrow, ha realizado análisis de muestras comerciales de fideos, con resultado satisfactorio en harinas con el 58% de granos brotados. Asimismo se han utilizado para panificación trigos con hasta el 10% de brotado, sin que se observará mermas significativas en la calidad de producto, según lo expresado en Tres Arroyos el 16 de enero ppdo.
  3. En la misma reunión de Tres Arroyos , un molino de San Cayetano destacó que siempre que los trigos tuvieran calidad industrial, pueden ser utilizados para panificación. Informó que han realizado experiencias con trigos aptos para la industria con hasta el 32 % de granos brotados.
  4. Se recomienda a los productores que posean trigo brotado venderlo según condiciones Cámara. En ese caso se debe tener en cuenta solo los análisis realizados por la respectiva Cámara Arbitral.
  5. La falta de un mercado para el trigo brotado, origina una dispersión muy grande del precio, variando según zonas , calidades y fecha de la operación. CARBAP ha solicitado a la SAPYA la publicación de los precios de las operaciones realizadas, para que sirvan de experiencia y alienten la formación de un mercado forrajero.
  6. Se aconseja a las Sociedades Rurales de las zonas afectadas comunicarse entre si , para conocer las operaciones realizadas en cada zona. Dichos precios orientativos servirán a los productores que los consulten, para defender un valor justo de su producción , tanto para la venta como para la resolución de operaciones de canje.

 

Buenos Aires, Enero 21 de 1997.


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